6. El notario verificará que los ganadores cumplan con todos los requisitos de estas reglas y certificará mediante acta las personas agraciadas y el premio que le corresponde.
7. Las personas ganadoras serán notificadas por correo certificado con acuse de recibo y tendrán treinta (30) días para reclamar su premio a partir de la fecha de recibo de la notificación. El premio deberá reclamarse personalmente por las personas ganadoras en las oficinas de Y&R Puerto Rico, Calle Munet Court #9, Sector Buchanan, Guaynabo, Puerto Rico, teléfono 787-622-6500 con el original de la carta donde se le certifica como ganador y una identificación vigente y aceptable de su identidad y edad (Licencia de Conducir o Pasaporte). El premio no reclamado dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de recibo de notificación pasará a ser propiedad del ganador alterno, que a su vez tendrá treinta (30) días para recibir su premio a partir de la fecha de recibo de la notificación. En caso de que el ganador alterno no reclame su premio dentro del término establecido, el mismo se declarará vacante y pasará a ser propiedad de Banco Santander Puerto Rico.
8. Al redimir el premio, el ganador deberá presentar identificación vigente y aceptable de su identidad y edad (Evidencia de Matrícula, ID Universitario, Tarjeta Electoral, Licencia de Conducir o Pasaporte) con retrato. Es requisito que el ganador firme los relevos de responsabilidad y los recibos de aceptación correspondientes y necesarios según provistos por Banco Santander Puerto Rico. Banco Santander Puerto Rico se reserva el derecho unilateral de sustituir cualquiera de los premios por otro de igual o mayor valor cuando a su juicio y criterio así lo consideren necesario y de conformidad con la reglamentación aplicable.
9. Banco Santander Puerto Rico, sus agencias de publicidad, directores, oficiales, empleados y ejecutivos no se hacen responsables por garantías expresas e implícitas ni por accidentes, pérdidas y/o daños de cualquier clase relacionados con el uso, adquisición, disfrute o posesión de los premios. De ser necesario, el ganador deberá aceptar cualquier demora razonable con relación a la entrega del premio.
10. La participación en este concurso y la aceptación del premio constituirán la autorización para que Banco Santander Puerto Rico y su agencia de publicidad puedan utilizar el nombre, la voz y/o fotografía del ganador en anuncios por cualquier medio publicitario sin compensación adicional alguna.
11. Una vez el premio sea entregado, el ganador será responsable de las contribuciones y cualquier otros costos y/o gastos que conlleve su aceptación, entrega y/o uso, si alguna.
12. De ser necesario un cambio en las reglas, condiciones o premios anunciados debido a circunstancias fuera de control de Banco Santander Puerto Rico, previo a aprobación de DACO, tal variación será informada oportunamente.
13. Este concurso está sujeto a las leyes locales y federales aplicables.
14. Para información relacionada con el concurso puede comunicarse directamente a Banco Santander Puerto Rico a través del Departamento de Mercadeo. Banco Santander Puerto Rico se reserva el derecho a solicitar identificación razonable para divulgar cualquier información relativa al concurso.
15. Las reglas del concurso estarán publicadas en el portal de Internet
www.universiapr.com durante el período que dure el concurso. Además, copias impresas de las mismas podrán ser solicitadas en las sucursales de Banco Santander ubicadas en los recintos universitarios y en las oficinas de Santander Universidades alrededor de la Isla.
16. Este concurso es auspiciado por Banco Santander Puerto Rico con oficinas centrales ubicadas en 207 Ave. Ponce de León, Hato Rey PR 00917, el teléfono (787) 777-4569 y correo electrónico,
mercadeo@bspr.com.